Recupere con intereses los gastos hipotecarios pagados. La Sentencia de 23 de diciembre de 2015 del Tribunal Supremo permite que los clientes que contrataron un préstamo hipotecario, puedan reclamar la devolución de los gastos de su constitución. El fundamento que utiliza el Tribunal Supremo para llegar a dicha conclusión es que, es injusto que sea el cliente quién pague todos los gastos de constitución de hipoteca, cuando la misma se establece en beneficio exclusivo del banco.
¿Cuáles son los GASTOS cuya devolución puedo solicitar?
Dos Sentencias del Tribunal Supremo de 15 de marzo de 2018 han matizado la sentencia de 2015, en algunos casos excluyendo y en otros limitando los gastos de constitución de hipoteca que podemos reclamar. Por otro lado se ha consolidado la jurisprudencia que venía estableciendo la nulidad de aquellas cláusulas hipotecarias que venían imponiendo exclusivamente al consumidor la totalidad de dichos gastos. En base a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y de la mayoría de las Audiencias Provinciales, se podrá reclamar:
- El 50% de los gastos de NOTARIA derivados de la constitución de la hipoteca.
- El 100% de los gastos de la inscripción de la hipoteca en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD.
- La TASACIÓN de la vivienda, cuando la entidad tasadora hubier sido impuesta por el banco.
- El 100% de los gastos de la GESTORÍA.
¿Qué necesito para reclamar?
- Para poder reclamar sería necesario justificar que hemos satisfecho los gastos anteriores, lo cual se puede acreditar mediante las FACTURAS que tendremos de haber pagado dichos gastos.
- En segundo lugar sería necesario que rellenase el siguiente formulario y lo presentase en el banco. Es importante que nos quedemos con una copia sellada que justifique su presentación.
- Si el banco no accede a devolverle los gastos, será necesario acudir a los tribunales. Para ello debemos conservar la reclamación extrajudicial que hicimos al banco y la contestación negativa de este, ya que de esta manera podremos obligar al banco a que pague todos los costes del juicio.
¿Qué posibilidades hay de que recupere mi dinero?
- El Tribunal Supremo, ya ha establecido el criterio jurisprudencial de que la cláusula del préstamo hipotecario por la cual el banco obliga a pagar todos los gastos al cliente, es una cláusula NULA, y por lo tanto se han de devolver todos aquellos gastos que el cliente realizó. Por lo tanto, las posibilidades de recuperar su dinero son muy altas.
- En la actualidad se estan ganando practimente la totalidad de los procedimientos de reclamación de devolución de gastos hipotecarios, por lo que el cliente recupera su dinero con los intereses desde la fecha que realizó el gasto.