El Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Palencia ha declarado nulos por abusivos, los intereses que se cobraban al consumidor al utilizar la Tarjeta Pass de Carrefour. La consecuencia principal es que Servicios Financieros Carrefour E.F.C., S.A. tendrá que devolver al cliente todos los intereses que le cobró, más los intereses legales.
En el año 2000, el cliente contrató la Tarjeta Pryca Pass con la entidad Financiera Pryca, E.F.C., S.A.; posteriormente dicha tarjeta se convirtió en la Tarjeta Pass Carrefour. En base a dicha tarjeta, el cliente podía realizar compras hasta un límite mensual establecido, con la obligación de devolver las cantidades dispuestas a través de una cuota mensual fija. La causa de nulidad de dicho contrato y el mayor perjuicio para el consumidor, provenía de que sobre las cantidades dispuestas el cliente tenía que pagar un interés del 21,99% T.A.E., de tal forma que la deuda que el cliente acumulaba con la entidad financiera crecía mes a mes.
La Sentencia dictada, la cual ya es firme, declaró, con fundamento en la Ley de Represión de la Usura de 1908, que cobrar un interés de un 21,99% en este tipo de créditos, era usurario y por tanto nulo. La consecuencia fundamental de dicha nulidad, que establece el artículo 3 de la referida ley, es que “el prestatario estará obligado a entregar tan sólo la suma recibida; y si hubiera satisfecho parte de aquélla y los intereses vencidos, el prestamista devolverá al prestatario lo que, tomando en cuenta el total de lo percibido, exceda del capital prestado.”
En base a la declaración de nulidad dictada por el Juzgado, el cliente en vez de deber 3.162 euros a Servicios Financieros Carrefour, es la entidad prestamista la que le ha tenido que devolver 3.691 euros, sin que este tenga que devolver cantidad alguna, quedándose libre de deudas.
¿Qué puedo hacer si tengo una Tarjeta Pass Carrefour?
- En caso de no tener toda la documentación del contrato deberá reclamarsela a la entidad, juntamente con el histórico de todos los pagos que se han efectuado.
- Una vez que se tiene toda la documentación, o en el momento de solicitarla, es necesario que efectuar una reclamación a la entidad solicitando la nulidad del crédito y la devolución de los intereses pagados, así como de cualquier otra cantidad que se hubiera abonado por cualquier concepto que superen el importe del capital (interés moratorio, comisiones, cuotas, penalizaciones, seguros).
- En el caso de que en el plazo de 15 días no le hayan contestado o devuelto los intereses, será necesario reclamarlos judicialmente. Para ello, puede ponerse en contacto con nosotros donde le informaremos de todos los pasos a seguir.
Germán Sánchez Díaz de Isla.