Elimine su cláusula suelo y recupere todos los intereses pagados más los intereses legales de los intereses desde el día que los pagó. La “cláusula suelo” es una estipulación incluida en la escritura de préstamo hipotecario que establece, en los préstamos a interés variable, un tipo de interés mínimo a cobrar por la entidad bancaria independientemente de las posibles bajadas del Euribor. Si usted ha observado que, pese a que el Euribor baja, sigue pagando el mismo tipo de interés, es muy probable que tenga una cláusula suelo.
¿En qué casos se considera que la “cláusula suelo” es nula?
En términos generales entendemos que una cláusula suelo es nula cuando la misma causa un desequilibrio importante, en perjuicio del consumidor, entre los derechos y deberes del banco y los suyos propios. En el caso de las cláusulas suelo, este desequilibrio se produce porque, aunque el Euribor baje, usted no se está beneficiando de dichas bajadas, de tal forma que la cláusula suelo solamente protege los intereses de la entidad financiera.
Será así mismo necesario, que haya habido una falta de transparencia y de información en el momento de contratar el préstamo hipotecario, sobre, la existencia, contenido y efectos de la cláusula suelo.
La jurisprudencia ha entendido que la entidad financiera no ha suministrado una información transparente sobre la cláusula suelo en los siguientes supuestos:
- Cuando no consta que la entidad de crédito haya hecho una oferta previa vinculante al consumidor y que este haya tenido, con suficiente antelación, un borrador del contrato que se disponía a firmar.
- Cuando la entidad de crédito no acredite que ha informado al consumidor del comportamiento previsible del índice de referencia. La mera lectura por el notario del préstamo hipotecario no hace que se presuma el conocimiento de la existencia de la cláusula y su contenido por parte del consumidor.
- Si la cláusula aparece “escondida” entre otras del contrato, de tal forma que se hace difícil poder identificar su existencia dentro del contrato de préstamo.
¿Qué puedo hacer ante una cláusula suelo?
En base al Real Decreto 1/2017 de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, es necesario previamente dirigir una reclamación extrajudicial al banco para que elimine la cláusula suelo y nos devuelvan nuestros intereses. Si el banco se niega a eliminar la cláusula suelo o no estamos conformes con los intereses que nos devuelven, deberemos demandar judicialmente al banco.
En la práctica, se trata de un procedimiento judicial sencillo y que, en la inmensa mayoría de los casos, los Juzgados están dando la razón a los consumidores, siendo los gastos del proceso judicial a cargo de la entidad financiera.
¿Puedo recuperar todos los intereses pagados de más?
Sí, usted puede recuperar todos los intereses pagados. A partir del 21 de diciembre de 2016 los Juzgados y Tribunales españoles reconocen la retroactividad total de la cláusula suelo, en base a la sentencia de la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Por lo tanto, los bancos están obligados a devolver todos los intereses cobrados de más, desde la celebración del contrato de préstamo hipotecario y hasta la eliminación de la cláusula suelo, debiendo así mismo devolver los intereses de los intereses desde el día en que fueron indebidamente cobrados.
Póngase en contacto con nosotros y estudiaremos su caso:
- Revisaremos sin ningún compromiso si tiene una “cláusula suelo” en su contrato de préstamo.
- Cuantificaremos los intereses que ha pagado de más y los que le pueden ser devueltos.
Si necesita más información, no dude en ponerse en contacto con el Despacho a través de los teléfonos 979 044 000 / 923 009177 o del formulario de contacto.